Buscar search
Índice developer_guide

DECRETO 4675 DE 2010

(diciembre 17)

Diario Oficial No. 47.929 de 20 de diciembre de 2010

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

Por el cual se modifica parcialmente el arancel de aduanas.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 4589 del 27 de diciembre de 2006, se adoptó el Arancel de Aduanas que entró a regir a partir del 1o de enero de 2007.

Que en la Sesión 221 del 21 de septiembre de 2010, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior recomendó modificar el texto de la subpartida 2920.11.10.00, crear las subpartidas 2930.20.20.00, 3808.92.94.00 y 3808.93.92.00 y eliminar las subpartidas 2920.19.10.00, 2930.90.40.00 y 3808.92.92.00, conforme a lo ordenado en la Decisión 703 de la Comisión de la Comunidad Andina.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Créanse las subpartidas 2930.20.20.00, 3808.92.94.00 y 3808.93.92.00 con los siguientes códigos, textos y gravámenes arancelarios:

CódigoDescripciónGravamen
2930.20.20.00- - Butilato (ISO), tiobencarb, vernolato0%
3808.92.94.00- - - - Que contengan pyrazofos 5%
3808.93.92.00 - - - - Que contengan butaclor o alaclor5%

ARTÍCULO 2o. Eliminar del Arancel de Aduanas las subpartidas 2920.19.10.00, 2930.90.40.00 y 3808.92.92.00.

ARTÍCULO 3o. Modificar el texto de la subpartida arancelaria 2920.11.10.00, el cual quedará así:

CódigoDescripciónGravamen
2920.11.10.00- - - Paratión (ISO) (paratión etílico)0%

ARTÍCULO 4o. El presente decreto entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1o del Decreto 4589 de 2006.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2010.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

SERGIO DIAZGRANADOS GUIDA.

×
Volver arriba