RESOLUCIÓN 24114 DE 2018
(mayo 3)
Diario Oficial No. 50.587 de 8 de mayo de 2018
INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 14 de la Resolución 8940 de 2024>
Por medio de la cual se modifica el numeral 4.1 del artículo 4o de la Resolución 6896 del 10 de junio de 2016.
EL GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA),
en ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, de las conferidas por el artículo 4o del Decreto 3761 de 2009 y el numeral 4 del artículo 2.13.1.5.1 de la parte 13 del Decreto 1071 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), es responsable de velar por la sanidad agropecuaria del país, a fin de prevenir la introducción y propagación de plagas o enfermedades que puedan afectar las especies productivas a nivel nacional.
Que corresponde al ICA expedir las normas para la prevención, control y erradicación de enfermedades como: Fiebre Aftosa, Brucelosis, Tuberculosis Bovina, Peste Porcina Clásica, Encefalitis Equina Venezolana, Encefalitis Equina del Oeste, Enfermedad de Newcastle e Influenza Aviar.
Que el ICA mediante el numeral 4.1, del artículo 4o de la Resolución 6896 del 10 de junio de 2016, “por medio de la cual se establecen los requisitos para la expedición de la Guía Sanitaria de Movilización Interna (GSMI), y se dictan otras disposiciones”, estableció como requisito documental para la expedición de la GSMI, tener registrado el predio de origen de los animales ante el ICA.
Que el ICA, mediante Resolución 9810 del 14 de agosto de 2017, “por medio de la cual se establecen los requisitos para obtener el Registro Sanitario de Predio Pecuario (RSPP) y la Inscripción Sanitaria de Predio Pecuario (ISPP)”, instituyó la Inscripción Sanitaria de Predio Pecuario, herramienta que junto al registro permite monitorear las condiciones sanitarias de los predios pecuarios, con el fin de establecer estrategias en prevención, control y erradicación de las enfermedades de control oficial.
Que una vez revisada por parte del ICA la Resolución ICA 6896 del 10 de junio de 2016, se determina la necesidad de modificar el numeral 4.1 del artículo 4o de la misma, en el sentido de incluir dentro de los requisitos para la expedición de la Guía Sanitaria de Movilización Interna (GSMI), la inscripción sanitaria de Predio Pecuario (ISPP).
En virtud de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 14 de la Resolución 8940 de 2024> Modificar el numeral 4.1 del artículo 4o de la Resolución 6896 del 10 de junio de 2016, el cual quedará así:
4.1. Tener registrado o inscrito el predio de origen de los animales ante el ICA.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 14 de la Resolución 8940 de 2024> Las demás disposiciones de la Resolución 6896 del 10 de junio de 2016 se mantienen vigentes.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 14 de la Resolución 8940 de 2024> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica el numeral 4.1 del el artículo 4o de la Resolución 6896 de 2016.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D.C., a 3 de mayo de 2018.
El Gerente General,
Luis Humberto Martínez Lacouture.