RESOLUCIÓN 4436 DE 2010
(diciembre 27)
Diario Oficial No. 47.937 de 29 de diciembre de 2010
INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO
Por medio de la cual se deroga la Resolución 3214 de 2009.
LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA),
en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 9o del Decreto 1840 de 1994 y el artículo 4o del Decreto 3761 de 2009, y
CONSIDERANDO:
El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) como autoridad fitosanitaria, es responsable de establecer las medidas necesarias para hacer efectivo la prevención, control, manejo técnico y económico de plagas y enfermedades de los vegetales y sus productos.
El ICA a través de la Resolución 456 de 2009 estableció los requisitos específicos para la producción de semilla certificada de arroz para siembra y estableció como responsabilidad del productor de semillas eliminar del campo de multiplicación todas las plantas afectadas por enfermedades transmisibles por semilla con el fin de no superar la tolerancia de cero (0) plantas enfermas por hectárea para todas las categorías.
La Resolución 3214 de 2009 modificó el artículo 11 de la resolución antes mencionada en el sentido de incluir la fase de análisis en laboratorio sobre semillas afectadas por enfermedades que se transmiten por semillas.
Durante el tiempo de aplicación de la Resolución 3214 de 2009, el ICA ha determinado que es improcedente imponer condiciones similares para controlar en la etapa de análisis de laboratorio las enfermedades transmitidas por semillas, puesto que este control ya ha sido realizado en campo de conformidad con lo establecido en la Resolución 456 de 2009, generando con ello un trámite innecesario para el administrador y para el productor de semilla.
En virtud de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. DEROGATORIA. Deróguese la Resolución 3214 de 2009.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2010.
La Gerente General,
TERESITA BELTRÁN OSPINA.