RESOLUCIÓN 133 DE 2016
(junio 24)
Diario Oficial No. 49.914 de 24 de junio de 2016
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Por la cual se designa al Instituto Colombiano Agropecuario como entidad administradora del Sistema Nacional de Identificación, Información y Trazabilidad Animal.
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL,
en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 7o de la Ley 1659 de 2013, y el Decreto 1985 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 914 de 2004 creó el Sistema Nacional de Identificación e Información del Ganado Bovino (Sinigán), como un programa a través del cual se dispone de la información de un bovino desde su nacimiento, como inicio de la cadena alimenticia, hasta la llegada al consumidor final de sus productos derivados. El artículo 3o de esta norma estableció que el Sinigán está a cargo del Gobierno nacional a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Que la Ley 1659 de 2013 creó el Sistema Nacional de Identificación, Información y Trazabilidad Animal (SNIITA), como un conjunto de instituciones, normas, procesos e información para generar y gestionar trazabilidad en especies pecuarias. El parágrafo del artículo 1o de esta ley dispone que tanto el Sinigán como los demás sistemas de información que se desarrollen e implementen para las demás especies pecuarias harán parte del SNIITA.
Que el artículo 7o de la Ley 1659 de 2013 establece que la dirección, administración y lineamientos de política del SNIITA estarán a cargo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, quien podrá designar y/o contratar su administración en la autoridad sanitaria nacional agropecuaria.
Que mediante Resolución 451 de 2012 el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural delegó al ICA como la entidad administradora del Sinigán, acto en virtud del cual se suscribió el Convenio Interadministrativo de Delegación número 20120395 celebrado el 31 de diciembre de 2012 entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Instituto Colombiano Agropecuario, para administración y operación del Sistema de Identificación e Información de Ganado Bovino (Sinigán), el cual, conforme a su cláusula octava, tiene un término de duración de diez años, es decir hasta el 31 de diciembre de 2022.
Que acorde con la Justificación Técnica del 23 de mayo de 2016, de la Dirección de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Protección Sanitaria, con la Ley 1659 de 2013 el Sinigán entró a hacer parte del SNIITA, y el cumplimiento de los objetivos en materia de trazabilidad animal se extiende a diferentes especies, además de la bovina y bufalina, por lo cual la administración del SNIITA contempla un ámbito más amplio que requiere un nuevo marco de derechos y obligaciones para su administrador.
Que en consecuencia es necesario terminar la actual delegación del ICA para la administración del Sinigán, y en los términos del artículo 7o de la Ley 1659 de 2013 designarlo para la administración del SNIITA.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. Desígnase al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), como administrador del Sistema Nacional de Información, Identificación y Trazabilidad Animal (SNIITA).
La designación que se realiza por medio de la presente resolución regirá a partir del 1o de septiembre de 2016.
La definición de los derechos y obligaciones derivados de la presente designación se establecerán mediante convenio interadministrativo celebrado entre este ministerio y el mencionado instituto.
ARTÍCULO 2o. RECURSOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA. El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) incorporará a su presupuesto, en cada vigencia fiscal, los recursos requeridos para la administración y operación del Sistema Nacional de Información, Identificación y Trazabilidad Animal (SNIITA).
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 167 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:>La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 451 de 2012 a partir del 1o de septiembre de 2016.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 24 de junio de 2016.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
AURELIO IRAGORRI VALENCIA.